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La nueva resolución del Ministerio de Transporte, la Número 002730 del 28 de septiembre de 2004, que entrará a regir a partir del 1 de diciembre próximo, resuelve en su Artículo 1º que: “todo vehículo automotor que transite por las carreteras a cargo de la Nación o de los departamentos, deberá tener encendidas las luces medias exteriores durante las 24 horas del día, sin importar las condiciones climáticas reinantes”.
Además, la nueva norma de transporte permitirá a las autoridades de tránsito velar por el cumplimiento de esta disposición y sancionar a los conductores de cualquier vehículo que la desacaten. |
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