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Servicios de Urgencias de Medellín tendrán Veeduría
Por Juan Ignacio S.
Coordinador Veeduría Urgencias Medellín

El pasado 14 de diciembre, se oficializó en el Auditorio de la Facultad de Medicina de la Universidad de Antioquia la Veeduría a los Servicios de Urgencias de la ciudad de Medellín. En el evento intervinieron el decano de la Facultad de Medicina, doctor Élmer Gaviria Rivera; la socióloga Clara Elena Serna Arenas, jefa del Programa de Control Ciudadano y Veeduría de la Corporación Región, y el coordinador del Grupo Veedor para la Red de Urgencias de Medellín. A la reunión se invitó a los diferentes directores de las IPS comprometidas con estos servicios, a la prensa local, a las directivas universitarias y a la comunidad universitaria.
Los tres ponentes coincidieron en la necesidad de ejercer este derecho para mejorar la calidad de los servicios, teniendo claro que, actualmente, el Sistema de Seguridad Social en Salud del país presenta una serie de irregularidades, producto de la mercantilización de la salud, las cuales han empeorado la calidad de vida de los colombianos.
Se entiende el trabajo de veeduría como un preceso investigativo que vigila si los servicios de urgencias que funcionan en la ciudad de Medellín cumplen con las normas establecidas en la Constitución y la Ley.
En el texto de oficialización de la Veeduría mediana, conformada por profesores de la Universidad de Antioquia, se resaltan diferentes aspectos que justifican plenamente la constitución del grupo veedor. Se quiere reiterar, en este periódico, para evitar malos entendidos por parte de las instituciones que están siendo vigiladas, algunos de los puntos presentados en dicho texto.
En primer lugar, se debe entender que la veeduría es un derecho ciudadano apoyado en los artículos 150 numeral 8, 152 literal d, 267 y 270 de la Constitución Política de Colombia. Con estos decretos se posibilita la constitución de veedurías ciudadanas cuya función es inspeccionar y vigilar que la gestión pública, en los diversos niveles administrativos y en sus resultados, se cumpla. Desde la Universidad, el Artículo 5 del Acuerdo Superior 125 de 1997 plantea… “en desarrollo del principio de responsabilidad social establecido en el Estatuto General de la Universidad, las Unidades académicas están obligadas a desarrollar programas, proyectos y actividades de extensión de naturaleza solidaria” y este, más que otro, lo es.
Por otro lado, la no prestación del servicio de urgencias a los que lo solicitan, argumentado no afiliación a una Empresa Aseguradora, inexistencia de contratos entre Aseguradoras y Prestadoras de servicios de salud, falta de carné o por no figurar en las bases de datos preestablecidas para identificar a los asegurados, sumado a cobros indebidos que hacen las Prestadoras del Servicio a los usuarios antes de proporcionarlo, a una demora en la asistencia y a una clasificación no calificada de las urgencias mismas, son quejas que ameritan ser estudiadas por la ciudadanía, haciendo uso del derecho que le confiere la Constitución Nacional.
Por último, los grupos veedores constituidos, en donde se encuentran profesores, estudiantes y usuarios de los servicios en general, hemos entendido que las veedurías hacen parte de la misión de la Universidad y que, si se da un buen control ciudadano al servicio público objeto de la veeduría, se contribuye en mejorar cada vez más la calidad del servicio y, por tanto, la de las instituciones que lo prestan. Este es uno de los propósitos principales de la Ley 100 en vigencia.
Cómo estamos trabajando
El Departamento de Medicina Preventiva y Salud Pública del Alma Máter fue invitado por la Corporación Región a participar en la construcción de proyectos de veeduría en salud; esta entidad apoya y asesora la construcción de proyectos que busquen hacer veeduría ciudadana a instituciones que prestan servicios en donde están comprometidos dineros públicos y, en el caso de la salud, en donde además está en juego la salud y la vida de las personas.
La Corporación Región, previo taller realizado con los ciudadanos que aspiran a hacer veeduría, ilustra sobre el compromiso que se adquiere con ellas y financia los proyectos que se quieren realizar, previa aprobación de los mismos.
Actualmente, existen 9 veedurías micro encargadas de vigilar la prestación del servicio en los servicios de urgencias de: Unidad Hospitalaria León XIII, Hospital Universitario San Vicente de Paúl, UPSS San Antonio de Prado-Metrosalud, UPSS San Javier-Metrosalud, Hospital General de Medellín, Clínica Juan Luis Londoño-Saludcoop, Clínica Soma, Centro Policlínico e IPS Universitaria.
Todas estas micro veedurías tienen asignado un coordinador y un equipo de ciudadanos, en su mayoría estudiantes y profesores de la Universidad de Antioquia, los cuales tienen programado un plan de acción aprobado por la Corporación Región y en donde el objetivo principal es vigilar que la atención prestada en los diferentes servicios se ajusten a la calidad y a las normas establecidas por la ley.
A su vez, la veeduría mediana, coordinada por profesores del Departamento de Medicina Preventiva, está encargada de vigilar que la política de los servicios de urgencia que operan en la ciudad de Medellín funcione adecuadamente para la solución de los casos que se presentan en toda la ciudad.
Para poder cumplir con los planes de acción tanto de las veedurías micro, como de la veeduría mediana, se vienen realizando semanalmente reuniones entre sus miembros y se adelantan tareas propias del proyecto, tales como: Estudio de decretos y leyes que definen el servicio, construcción de instrumentos de recolección de información (formularios de encuesta, guías de entrevistas, etc.), formas adecuadas de recolección de datos así como de presentación de la información que se alcance a recolectar y que constituyen los informes parciales y finales que se generan en el proceso.
A las reuniones semanales también se invita a las instituciones gubernamentales que se encargan de la vigilancia del funcionamiento de las instituciones que manejan dineros públicos, como la Contraloría y la Personería Municipal.
Para terminar, quiero manifestar que, por ley, es obligatorio que las instituciones colaboren con los veedores en la tarea de recolectar la información requerida para establecer juicios objetivos sobre el servicio que prestan. Y, por parte de los veedores, procurar unas adecuadas relaciones con las instituciones, de tal forma que las observaciones hechas al servicio prestado por la institución estén completamente ajustadas a la ley y al bienestar ciudadano.
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