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50 años de ASMEDAS y los derechos humanos
Una coincidencia no accidental
Por Álvaro Franco G.
Médico Salubrista, Profesor U. de A.
afranco@guajiros.udea.edu.co
Presentación
La Asociación Médica Sindical (ASMEDAS), como agremiación, persigue unos fines de mayor alcance que la reivindicación laboral. En su última etapa, entre otras innovaciones, se ha convertido en un órgano de expresión y participación política de los médicos, con sus propias maneras de hacer política y tener representación corporativa en el Estado colombiano. Se ha inclinado por la construcción de un mundo distinto, más favorable al humanismo, al desarrollo social y la defensa de los derechos humanos, además de continuar defendiendo el trabajo, sin ninguna duda.
Si en algo pudiéramos resumir el accionar de la Asociación Médica Sindical (ASMEDAS) y hacer coincidir sus diferentes etapas históricas a lo largo de este cincuentenario, es el tema de los derechos humanos. De ahí que el presente escrito sobre “derechos humanos y políticas públicas en salud” esté dedicado a esta efemérides. La organización médica desde sus comienzos, pasando por AMDA, se empecinó en proteger a sus asociados, aproximándose de diversas formas a la defensa de los derechos humanos y a la lucha por las reivindicaciones no sólo de los médicos sino de todos los trabajadores de la salud y, más allá, de toda la población (enarbolando la bandera de los derechos ciudadanos).
Precisamente, el tema de las políticas públicas y la salud nos ha movido en la práctica sanitaria, política y gremial en los últimos años. Lo expresado en este artículo recoge, aunque de manera muy sucinta y parcial, debates que han trascendido en el seno de la Asociación durante esta etapa. Aquí se hace énfasis en la perspectiva de las políticas públicas basada en los derechos humanos, se intenta relacionar las políticas públicas en salud con el ejercicio de los derechos humanos, más allá del derecho a la salud, y se reconoce la necesidad de implementar mecanismos participativos y genuinamente democráticos en la sociedad.
Derechos humanos y políticas públicas en salud
Los derechos humanos configuran un marco adecuado para las actividades de salud pública, antes no reconocidos ni por las ciencias biomédicas ni por la salud pública clásica. En la arena política, se clarifica el escenario propicio para el ejercicio de las políticas públicas en salud y es allí donde el enfoque de derechos humanos encuentra vías de acción para la salud pública.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos1, sancionada hace más de 50 años por Naciones Unidas (exactamente son 60), reconoció el derecho a un nivel de vida adecuado, en el cual se destacan diversos determinantes de la salud (Artículo 25, inciso 1). Luego, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de 1966 resalta el derecho a la salud: "Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental" (Artículo 12, inciso 1). Así mismo, la comunidad internacional reconoce al menos dos categorías de derechos humanos: los derechos civiles y políticos y los derechos económicos, sociales y culturales. También se reconocen explícitamente los derechos humanos de grupos vulnerables específicos (mujeres y niños, entre otros).
Históricamente, los derechos civiles se desarrollaron primero —siglo XVIII—, les siguen los derechos políticos y, más adelante, en el siglo XX, los derechos sociales. Sin embargo, son innumerables las limitaciones que presenta esta taxonomía cuando se trata de aplicarla de manera secuencial y mecánica en la búsqueda de la democracia. No obstante, el debate entre Marshal y Bottomore2 presenta la ciudadanía desagregada en sus componentes civil, político y social; el primero basado en los derechos de libertad individual, de persona, de expresión, de pensamiento, de religión, de contratación y de justicia; el segundo, político, es el derecho individual de participación en el poder político, bien como autoridad o como elector; por último, el social, basado en el derecho a la seguridad así mismo, a un mínimo bienestar económico.
Bases doctrinarias de los derechos humanos y la salud
Aunque se han producido avances en el fomento de los derechos humanos y en el derecho a la salud, gracias a los activistas y académicos, de acuerdo con Ruger3 no se ha tenido una base filosófica sólida ni una teoría para su vertebración con la salud pública. Los derechos humanos son instrumentos que promueven el respeto a la dignidad humana, exigiendo la satisfacción de necesidades mínimas para el desarrollo, el respeto a la integridad física y psicológica, la libertad de expresión y no discriminación, entre otros. El concepto derechos humanos es universal e incluyente y reivindica la integralidad, la interdependencia, la colectividad y la equidad. Se derivan de supuestos básicos sobre el significado del ser humano y se aplican a todas las personas y en todas las edades: “los derechos del hombre y del ciudadano son un corolario de la dignidad humana”4. Amartya Sen5 y sus seguidores han impulsado una teoría de los derechos humanos, basada en las libertades fundamentales (capacidades y oportunidades), importante para la investigación y para tender puentes entre investigadores y economistas en la toma de decisiones. Ruger, por su parte, propone un marco teórico que integra la teoría política de Aristóteles, el enfoque de capacidades, y una opción social (paradigma de los acuerdos), perspectiva que desarrolla una teoría del derecho a la salud fundamentado en obligaciones, tanto estatales y no estatales y en normas de moral pública. Gruskin y Tarantola hablan del nuevo “paradigma de la salud y de los derechos humanos”6, referido a cuestiones como la pandemia del SIDA, la salud de las mujeres, la violencia, y la violación de derechos humanos en muchas partes del mundo. Finalmente, los derechos humanos deben considerarse en el contexto de las desigualdades entre naciones ricas y naciones pobres, y las desigualdades no sólo dependen de la posición de clase social sino también de las diferencias de género, etnia y cultura.
Al inscribirse en el marco de los derechos humanos, la salud pública encuentra un nuevo hito para su transformación, basado en las políticas públicas para enfrentar los determinantes de la salud y defender la justicia social, para lo cual hace uso del arsenal que le brinda la intersectorialidad. La salud se gana y se pierde por políticas extra sanitarias, es decir, políticas y efectos más allá de la esfera sanitaria. El abordaje de los problemas de salud en el contexto de los derechos humanos rebasa las soluciones médicas y de acceso a servicios, se basa en las relaciones con las políticas indirectas de salud (de alimentos, medioambiente y salud). Hace posible la extensión del derecho a los factores determinantes básicos de la salud, como nutrición, vivienda, agua potable, condiciones sanitarias adecuadas, condiciones de trabajo seguras y un medio ambiente sano.
Así y todo, es necesario considerar los aspectos conceptuales de los determinantes de la salud, la visión del desarrollo y del ciclo de vida y los derechos en la formulación, implementación y evaluación de políticas y servicios de salud, pero también tener una actitud más participativa que prescriptiva, valorar también el efecto en la salud de las decisiones de las instituciones que derivan del poder político, utilizando instrumentos de las ciencias sociales.
La idea de trabajar en derechos humanos y salud está orientada en tres direcciones: desarrollo y adecuación de herramientas para el monitoreo de la salud y el cumplimiento de los derechos humanos, la aplicación del marco de salud y derechos humanos en la práctica sanitaria y la creación de una agenda de investigación sobre el avance de la salud en relación con los derechos humanos. Los derechos humanos servirán para establecer qué tanto se ha hecho en salud por parte de los gobiernos y la comunidad internacional, es una especie de balance o contabilidad de las ejecutorias en salud pública.
Conclusión
La salud debe constituirse en un tema político de primer orden y debe ser incluido en la agenda política, constituyéndose en una cuestión social con amplias potencialidades, y los derechos ciudadanos se convierten en una poderosa herramienta para el desarrollo de políticas públicas orientadas a mejorar las condiciones de salud de la población. Son los temas en los cuales tiene que seguir orientando nuestra organización médica, ASMEDAS, en el siguiente cincuentenario, para fortalecer la participación ciudadana y su proyecto político. En tanto, debe desarrollar una nueva concepción del trabajo, redefinir el sindicalismo y establecer cambios en la propia organización gremial para avanzar en la politización de la profesión médica, comprometida siempre con la defensa de los intereses gremiales, las libertades ciudadanas y los derechos humanos.
1 United Nations. Universal Declaration of Human Rights. G.A. Res. 217A (III), UN GAOR, Res. 71, UN Doc. A/810. 1948
2 Sarmiento L. Vendimia, biopolítica y eco-socialismo. Bogotá: Ediciones Desde Abajo; 2002. 145-160.
3 Ruger, Jennifer Prah, Toward a Theory of a Right to Health: Capability and Incompletely Theorized Agreements. Yale Journal of Law & the Humanities 2006; 18: 273-326. Available at SSRN: http://ssrn.com/abstract=933009
4 Gaviria C, Ex Presidente de la Corte Suprema de Justicia colombiana. El derecho a la salud en Colombia. Conferencia. Facultad Nacional de Salud Pública, Universidad De Antioquia, Medellín, Julio de 2000.
5 Sen A K. Elements of a Theory of Human Rights, Philosophy and Public Affairs; September. 2004
6 Gruskin S. Tarantola D. Health and human rights. Chapter in: Detels, McEwan, Beaglehole, Tanaka (eds.). The Oxford Textbook of Public Health, 4th edition. Oxford: Oxford University Press.

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