Fechas límites para acreditar supervivencia
Las fechas límites para acreditar supervivencia se realizan cada tres meses, durante los primeros cinco días hábiles, así:
-Del 2 al 5 de marzo de 2009
-Del 1 al 5 de junio de 2009
-Del 1 al 7 de septiembre de 2009
.Del 1 al 7 de diciembre de 2009
|