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Corte llama la atención de la Nueva EPS para que acate la orden de interrupción de embarazos Correo electrónico
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PobreEl mejor 
Sábado 18 de Febrero de 2012 15:12

Tomado de: www.caracol.com.co

La Corte Constitucional advirtió a la EPS Nueva, que remplazó al Seguro Social, sobre su obligación de acatar los fallos de esta Corporación y, particularmente, aplicar las reglas sentadas en la sentencia C-355 de 2006, al atender las solicitudes de interrupción voluntaria del embarazo en tres casos específicos.

Así mismo, la previno para que, en el futuro, se abstenga de proferir juicios de valor o juicios de responsabilidad penal sobre las mujeres afiliadas a la entidad que soliciten la práctica de la IVE.

Sus actuaciones deberán dirigirse exclusivamente a determinar la procedencia o no procedencia de la interrupción del embarazo bajo parámetros científicos y con apego al orden jurídico vigente.

Para el alto tribunal la conducta del médico tratante y de la EPS es incompatible con la jurisprudencia constitucional y, por lo tanto, con el ordenamiento jurídico.

La obligación de la EPS y de los médicos tratantes, en casos como la sospecha de malformaciones en el feto, consiste en ordenar las valoraciones necesarias para que los especialistas en la salud determinen si el caso se enmarca en la hipótesis de grave malformación del feto que haga inviable su vida para determinar en ese marco, y bajo parámetros estrictamente científicos, la viabilidad de la intervención.

La señora Isabel Cristina Tenjo Hernández interpuso acción de tutela contra Nueva EPS por considerar que esa entidad vulneró sus derechos fundamentales a la vida, la salud y la igualdad, pues padece de epilepsia y consume medicamentos anticonvulsionanates, por lo que en su condición de embarazo son un peligro para el feto y lo podría conllevar a mal formaciones congénitas.

Ante esta citación, el especialista le indicó que efectuaría la intervención quirúrgica de interrupción del embarazo (IVE) si existía una orden judicial en ese sentido.
 

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